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EL RÉGIMEN SIMPLIFICADO DE CONFIANZA DE PERSONAS FÍSICAS

Mtro. En Impuestos Paul Adrian Contreras Ibarra

Director de Contreras Consultoría

adrian@contrerasconsultoria.com

Desde la entrada en vigor del nuevo régimen simplificado de confianza para personas físicas el pasado 1 de enero del 2022, ha causado sensación y gusto para algunos contribuyentes ya que en algunos casos han obtenido beneficios por contribuir en este nuevo régimen fiscal.

En la reforma fiscal para 2022, entró en vigor el nuevo régimen simplificado de confianza para personas físicas. El cual es un régimen opcional en donde tu como contribuyente puedes optar por elegir tributar en el mismo, siempre y cuando cumplas con ciertos requisitos que vamos a comentar a continuación.

El régimen fue creado en tres ejes, los cuales son el no aumento de impuestos, la simplificación y la confianza. Se crea para un gran número de contribuyentes personas físicas con actividades empresariales y profesionales, que a diferencia de años anteriores y el pasado Régimen de incorporación Fiscal, no se incluían las actividades profesionales. Por lo cual vemos un gran acierto para este rubro de contribuyentes. 

Para poder tributar en el régimen simplificado de confianza de personas físicas, tendrás un límite de ingresos en el ejercicio de 3.5 millones de pesos. Es importante mencionar que, si por alguna razón rebasas el monto mencionado tendrás que regresar a hacer declaraciones complementarias y pagar las diferencias y recargos por los meses que ya hayas presentado en dicho régimen por haberte pasado en el mismo ejercicio, por lo cual este es uno de los factores principales para tomar en cuenta si eliges optar por tributar en mencionado régimen.

Adicional a esto cabe destacar que siempre deberás de estar al corriente con el cumplimiento de tus obligaciones fiscales, tener tu firma electrónica vigente y no aparecer en la lista negra del SAT.

El otro requisito que debes cumplir es el no estar inscrito en ninguna persona moral, con la excepción de las del título III de la ley del impuesto sobre la renta y de las sociedades cooperativas de producción.

La Tasa de ISR

La tasa del Impuesto Sobre la Renta a pagar en el mencionado régimen es diferente a los anteriores. Esta es una tasa progresiva del 1% al 2.5% de ISR sobre el ingreso recibido, tal como lo comentamos a continuación en el siguiente cuadro:

Tarifa anual Tasa aplicable
Hasta 600,000.00 1.10%
Hasta 1,000,000.00 1.50%
Hasta 2,500,000.00 2.00%
Hasta 3,500,000.00 2.5%

Como podemos ver la tasa aplicable es baja, pero hay que tomar en cuenta los márgenes de utilidad de tu negocio, y ver cuánto es el impuesto que pagarías en el otro régimen. La recomendación es evaluar cada caso en particular y ver si hay un ahorro y en su caso que no haya riesgo de tener ingresos mayores a los 3.5 millones de pesos.

Los ingresos que no se consideran para el límite de los 3.5 millones de pesos, son los de enajenación de casa habitación, donativos, primas de antigüedad, retiro e indemnización, enajenación de bienes por muerte, la adquisición por prescripción, premios, intereses moratorios, ingresos por planes personales de retiro.

Hoy en día en la práctica, muchos de los casos que más beneficios han tenido son los servicios profesionales como médicos, abogados, arquitectos y también los arrendadores personas físicas. En mencionados ejemplos, podemos ver varios escenarios de ahorro mensual considerable de impuestos.

Con relación a la retención de impuesto sobre la renta que las personas morales actualmente les hacen a las personas físicas con actividad empresarial y profesional del 10% del importe de la operación, bajo a un 1.25% en este nuevo régimen simplificado de confianza, digamos que es otro beneficio en flujo para el contribuyente.

En cuanto a la carga administrativa, este nuevo régimen elimina la obligación de presentar la contabilidad electrónica y la declaración informativa de operaciones con terceros, por lo cual tenemos una carga menos de trabajo.

Conclusión

Es importante tomar en cuenta todos los factores para decidir si tomar la opción de tributar en el régimen simplificado de confianza de personas físicas, y hacer escenarios con cálculos de pronósticos que te permitan evaluar la decisión de entrar al régimen, ya que recuerda que hoy en día puedes migrar a mencionado régimen o elegirlo por primera vez si eres un nuevo contribuyente.

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